La Consejería de Economía y Empleo ha convocado siete líneas de ayuda destinadas, entre otras, a la incorporación de socios en cooperativas y sociedades laborales, al pago de cuotas de la Seguridad Social para trabajadores que inician su actividad, al incremento de la actividad empresarial de la mujer en el entorno rural, a la contratación de personas con discapacidad por parte de empresas y para hacer frente a los costes laborales de trabajadores en Centros Especiales de Empleo y empresas de inserción.
La información de cada convocatoria se puede consultar el BOCyL DIA 26 DE DICIEMBRE DE 2014
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Subvenciones públicas destinadas a la financiación de los costes salariales de los trabajadores en situación o riesgo de exclusión social en las empresas de inserción para el año 2015. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las empresas de inserción laboral calificadas de conformidad con el Decreto 34/2007, de 12 de abril, por el que se regula el procedimiento de calificación de las empresas de inserción laboral y se crea su registro administrativo, que desarrollen su actividad en el territorio de Castilla y León. La cuantía de la subvención consistirá en el abono de una cantidad máxima equivalente al 50% del salario mínimo interprofesional. El plazo de presentación de solicitudes es el siguiente: Las solicitudes para las subvenciones de costes salariales correspondientes al primer período subvencionable que comprende desde el 1 de agosto de 2014 a 31 de enero de 2015 podrán presentarse desde la fecha de producción de efectos de la presente orden hasta el día 2 de marzo de 2015, inclusive. Las solicitudes para las subvenciones de costes salariales correspondientes al segundo período subvencionable que comprende desde el desde el 1 de febrero de 2015 a 31 de julio de 2015 podrán presentarse desde el día 1 al 16 de septiembre de 2015.
Subvenciones destinadas a la financiación de los costes salariales de los trabajadores con discapacidad en Centros Especiales de Empleo para el año 2015. Podrán acceder a estas subvenciones, los centros especiales de empleo, que figuren inscritos en el Registro de Centros Especiales de Empleo de esta Comunidad, que desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad de Castilla y León. Serán subvencionables los costes salariales correspondientes al puesto de trabajo ocupado por personas con discapacidad desde el 1 de diciembre de 2014 hasta el 30 de noviembre de 2015. La cuantía de la subvención consistirá en el 50 por cien del Salario Mínimo Interprofesional correspondiente al puesto de trabajo por cuenta ajena ocupado por trabajadores con discapacidad que realice una jornada laboral completa y que esté en alta en la Seguridad Social. En el supuesto de contrato de trabajo a tiempo parcial, la subvención experimentará una reducción proporcional a la jornada laboral realizada. Las solicitudes para las subvenciones de costes salariales deberán presentarse dentro del mes siguiente al de referencia.
Subvenciones para la financiación de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en los Centros Especiales de Empleo para el año 2015.  Tienen por objeto financiar los costes laborales y de Seguridad Social derivados de la contratación de los trabajadores de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en los Centros Especiales de Empleo. Son gastos subvencionables los costes laborales y de Seguridad Social de los trabajadores contratados indefinidamente de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en los Centros Especiales de Empleo y serán subvencionables los gastos que se hayan realizado desde el 1 de agosto de 2014 hasta el 31 de julio de 2015. La cuantía de dichas subvenciones se establece en un máximo de 1.200 euros anuales por cada trabajador con el tipo de discapacidad y grado de minusvalía. Las solicitudes podrán presentarse hasta el 27 de febrero de 2015.
Subvenciones para el año 2015, dirigidas a fomentar la contratación indefinida de trabajadores con discapacidad, adaptación de sus puestos de trabajo o dotación de medios de protección personal y al tránsito del empleo protegido de los enclaves laborales al mercado ordinario de trabajo. Serán subvencionables las contrataciones, transformaciones o adaptaciones de puestos de trabajo que se hayan realizado desde el 1 de septiembre de 2014 hasta el 30 de agosto de 2015. Podrán ser beneficiarios las entidades sin ánimo de lucro y las empresas que contraten indefinidamente a trabajadores con discapacidad o transformen sus contratos temporales de fomento del empleo para personas con discapacidad en indefinidos, las «empresas colaboradoras», que incorporen a trabajadores procedentes de los enclaves laborales y Las Cooperativas de Trabajo Asociado que incorporen a trabajadores con discapacidad como socios. La celebración de contratos de duración indefinida o la transformación en indefinidos de contratos temporales en los términos señalados en la presente orden, se subvencionará con una ayuda de 3.907 euros por contrato celebrado a jornada completa. El plazo de presentación de solicitudes se extiende hasta el 3 de septiembre de 2015.
Subvenciones para el año 2015, dirigidas a promover la afiliación de las mujeres del medio rural en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, a través del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las mujeres del medio rural que se den de alta en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, a través del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios. Serán subvencionables el 50% de la cuota por contingencias comunes de cobertura obligatoria, calculada en función de la base mínima de cotización y el tipo de cotización que establezca la legislación estatal, en caso de mujeres que tengan 41 y hasta 45 años en el momento de su incorporación, y el 20% en el caso de mujeres que tengan 40 o menos años de edad en el momento de su incorporación.  El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde la fecha de efecto que figure en la resolución de reconocimiento de alta.
Subvenciones consistentes en el pago de cuotas de la Seguridad Social a los trabajadores beneficiarios de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único para el año 2015.Podrán ser beneficiarios de esta ayuda los trabajadores que tengan reconocida la prestación por desempleo de nivel contributivo en su modalidad de pago único, y ésta sea por la totalidad del importe a percibir (100%) y desarrollen su actividad en la Comunidad de Castilla y León. Serán subvencionables las cuotas satisfechas por el beneficiario al régimen de la Seguridad Social correspondiente, durante el tiempo en que se hubiera percibido la prestación por desempleo de no haberse reconocido la prestación en su modalidad de pago único, por alguno de los importes siguientes:a) El 50% de la cuota al régimen correspondiente de la Seguridad Social como trabajador por cuenta propia, calculada sobre la base mínima de cotización o de la que corresponda, si es inferior. b) El 100% de la aportación del trabajador en las cotizaciones al correspondiente régimen de la Seguridad Social por cuenta ajena.  Se establecen los siguientes plazos de solicitud: – Del 1 de abril al 14 de mayo de 2015 inclusive, para las cuotas satisfechas desde el 1 de septiembre de 2014 hasta el 31 de marzo de 2015, ambas inclusive. – Del 1 de septiembre al 15 de octubre 2015 inclusive, para las cuotas satisfechas desde el 1 de abril de 2015 hasta el 31 de agosto de 2015, ambas inclusive.
Subvenciones para el año 2015 para la incorporación de socios trabajadores o de trabajo en Cooperativas y Sociedades Laborales. Tienen por objeto convocar subvenciones dirigidas a fomentar la creación y desarrollo de cooperativas y sociedades laborales con ánimo de lucro, favoreciendo la incorporación de socios trabajadores o de trabajo, con carácter indefinido, en cooperativas y sociedades laborales de desempleados, y de trabajadores con contrato de trabajo de carácter temporal en las mismas cooperativas o sociedades laborales en las que se integran como socios. Las cuantías dependerán de los colectivos a los que pertenezcan las personas que se incorporan (consulta la orden completa) y el plazo para presentar las solicitudes se extiende hasta el 15 de abril de 2015.