La Consejería de Economía y Hacienda ha publicado con fecha 18 de mayo las convocatorias de subvenciones de apoyo al sector comercial.

Estas subvenciones se destinarán por un lado a actuaciones de promoción del comercio, con la finalidad de incrementar la competitividad del comercio minorista de proximidad de la Comunidad y su capacidad de atracción sobre la demanda, y por otro a proyectos de inversión dirigidos a la modernización y mejora de la gestión de los establecimientos comerciales minoristas de la Comunidad de Castilla y León.

SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LA PROMOCIÓN DEL COMERCIO

Objeto:

Financiación, en régimen de concurrencia competitiva, de actuaciones de promoción del comercio, con la finalidad de incrementar la competitividad del comercio minorista de proximidad de la Comunidad de Castilla y León y su capacidad de atracción sobre la demanda, de acuerdo con los requisitos establecidos en las bases y en las correspondientes convocatorias.

¿Quién lo puede solicitar?:

Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla y León.
Asociaciones de comerciantes, Federaciones y Confederaciones de comercio, legalmente constituidas sin ánimo lucro, con domicilio social en Castilla y León, inscritas en el Registro de Organizaciones Profesionales de Comercio, creado por Decreto 10/1993.
Otras entidades representativas de los intereses del comercio de Castilla y León, legalmente constituidas sin ánimo de lucro y con domicilio social en Castilla y León.

¿Para qué es la ayuda?:

Podrán subvencionarse las siguientes actuaciones de promoción del comercio minorista de proximidad de Castilla y León que se realicen entre el 16 de septiembre de 2015 y el 15 de septiembre de 2016:

a) Actuaciones dirigidas a la promoción y difusión de la oferta comercial: actuaciones de publicidad, de comunicación, de animación o de mejora de la imagen.

I. Campañas de publicidad, comunicación o mejora de la imagen: todos los gastos derivados de su diseño, puesta en marcha y ejecución.

II. Acciones de animación: todos los gastos derivados de su diseño, puesta en marcha y ejecución.

b) Actuaciones dirigidas a la innovación del comercio: actuaciones que mediante el uso de las nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones pongan a disposición del comercio sistemas para la gestión conjunta de intereses comunes. Se subvencionarán los gastos derivados del diseño e implementación de los sistemas así como los gastos de mejora de los ya existentes.

c) Actuaciones dirigidas al fomento del asociacionismo comercial: actuaciones dirigidas a captación de nuevos asociados, a afianzar la imagen y presencia de la asociación y a mejorar la comunicación con los asociados sobre la base del uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.

I. Campañas de sensibilización: todos los gastos derivados de su diseño, puesta en marcha y ejecución.

II. Sistemas de comunicación con los asociados basados en el uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones: todos los gastos para su diseño e implementación así como los gastos de mejora de los sistemas ya existentes.

Cuantía:

La cuantía de la subvención será por cada actuación subvencionable de un 75% del presupuesto aceptado, con los siguientes límites:
a) No serán subvencionables las actuaciones con un presupuesto subvencionable inferior a 2.000 euros.
b) El presupuesto máximo aceptado por cada actuación subvencionable será de 55.000 euros.

¿Qué documentos necesito?:

Solicitud, en modelo normalizado,dirigida a la Dirección General de Comercio y Consumo, acompañada de la siguiente documentación (original o copia compulsada, o, en el supuesto de optar por la presentación electrónica de la solicitud, digitalizada como archivos anexos a la misma): DOCUMENTACIÓN

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

Desde el 19 de mayo de 2016 hasta el 2 de junio de 2016

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:
En los Registros de las Delegaciones Territoriales
Oficinas de Información y Registro de la Junta de Castilla y León.
En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 (LRJAP).

Electrónico:
Por Internet desde ésta misma página Ver requisitos técnicos.
Se excluye presentación por TELEFAX.

Organismo:

Responsable: Consejería de Economía y Hacienda. Dirección General de Comercio y Consumo

Gestor: Servicio de Promoción Comercial

Que resuelve: Dirección General de Comercio y Consumo

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 6 MESES a contar desde el día siguiente a la terminación del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse DESESTIMADAS.


SUBVENCIONES DIRIGIDAS MODERNIZACIÓN Y MEJORA DE LA GESTIÓN DEL COMERCIO

Objeto:

Financiación, en régimen de concurrencia competitiva, de proyectos de inversión dirigidos a la modernización y mejora de la gestión sobre la base de la innovación de los establecimientos comerciales minoristas de la Comunidad de Castilla y León, tanto de los establecimientos existentes como de los de nueva creación.

¿Quién lo puede solicitar?:

Personas físicas, jurídicas y comunidades de bienes, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, que cumplan los requisitos

¿Qué requisitos debo cumplir?:

a) Tener la condición de PYME de conformidad con los requisitos establecidos para ello por la Comisión Europea en el Anexo I del Reglamento (UE) 651/2014, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

b) Desarrollar o tener intención de desarrollar su actividad comercial de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Comercio de Castilla y León, aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2014, de 28 de agosto.

c) La actividad principal en cuanto a volumen de negocio que desarrollen o tengan intención de desarrollar en el establecimiento comercial para el cual se solicita la subvención debe ser estricta y exclusivamente comercial y minorista conforme a la división 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), quedando excluidos los siguientes grupos o clases, sin perjuicio de las exclusiones que puedan establecerse en las correspondientes convocatorias:

I. Clase 47.26.– Comercio al por menor de productos del tabaco en establecimientos especializados.

II. Clase 47.30.– Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados.

III. Clase 47.73.– Comercio al por menor de productos farmacéuticos en establecimientos especializados.

IV. Grupo 47.8.– Comercio al por menor en puestos de venta y mercadillos.

V. Grupo 47.9.– Comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos.

Además, presentar proyectos de inversión dirigidos a la modernización y mejora de la gestión sobre la base de la innovación de los establecimientos comerciales minoristas de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, tando de los establecimientos existentes como de los de nueva creación.

Asimismo, deberán destinar los bienes subvencionados al fin concreto para el que se concedió la subvención y mantener la actividad en el establecimiento comecial en el que se ejecuta el proyecto subvencionado al menos. en ambos casos, durante dos años desde la finalización del período subvencionable establecido en cada convocatoria, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada.

¿Para qué es la ayuda?:

Podrán subvencionarse, por cada establecimiento comercial para el que se solicite, los proyectos de inversión que tengan como finalidad:

I. La modernización y/o mejora de la imagen del establecimiento comercial o su adecuación para el ejercicio de la actividad comercial

II. La implantación o la introducción de mejoras en su sistema de gestión y/o de comercialización, sobre la base de la incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones, incluyendo la realización de actuaciones de promoción

III. Ambas a la vez.

Serán susceptibles de financiación los gastos que se realicen entre el 16 de octubre de 2015 y el 15 de septiembre 2016, ambos inclusive.

Gastos subvencionables

Cuantía:

La cuantía de la subvención, por cada establecimiento comercial para el que se solicite, será de un 40% del presupuesto aceptado, con los siguientes límites:
a) No serán subvencionables los proyectos con un presupuesto subvencionable inferior a 2.000 euros.
b) El presupuesto máximo aceptado por cada proyecto subvencionable será de 100.000 euros.

¿Qué documentos necesito?:

Solicitud, en modelo normalizado, acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN (original o copia compulsada, o, en el supuesto de optar por la presentación electrónica de la solicitud, digitalizada como archivos anexos a la misma): DOCUMENTACIÓN

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

Desde el 19 de mayo de 2016 hasta el 2 de junio de 2016

Lugar y Forma de presentación:

Presencial
Oficinas de Información y Registro de la Junta de Castilla y León.
En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 (LRJAP).
En las Oficinas de Correos, en sobre abierto para que sea sellada y fechada.

Electrónico
Por Internet desde ésta misma página Ver requisitos técnicos.
Se excluye presentación por TELEFAX.

Organismo:

Responsable: Consejería de Economía y Hacienda. Dirección General de Comercio y Consumo

Gestor: Servicio de Promoción Comercial

Que resuelve: Dirección General de Comercio y Consumo

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver las solicitudes y notificar las resoluciones será de 6 MESES contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se entenderán DESESTIMADAS.

Fuente: www.jcyl.es